11 años de cárcel para sujeto por abuso sexual y violación contra su sobrina
- Martes 7 de diciembre de 2021
- 10:36 hrs
Los hechos ocurrieron desde enero del año 2018 hasta el mes de febrero del año 2019, en domicilios de la comuna de Algarrobo y Pudahuel.
Una condena de 11 años de cárcel fue dictada contra un sujeto, acusado por los delitos de abuso sexual calificado y violación, ambos en carácter reiterado en contra de su sobrina.
Los hechos ocurrieron desde enero del año 2018 hasta el mes de febrero del año 2019, en fechas indeterminadas, en domicilios de la comuna de Algarrobo y Pudahuel.
"De manera reiterada y bajo amenaza realizó los actos de connotación sexual en contra de su sobrina. Amenaza que consistió en forma reiterada en señalarle a la víctima que en el evento de oponerse a dichas acciones o de contar lo sucedido, le mostraría a la madre de la afectada una conversación sostenida por ella con su pareja de entonces, causando en la víctima temor que ello agravara el estado de salud de su madre, aquejada por una enfermedad crónica”, señaló la Fiscal Javiera Torres durante el juicio.
La prueba rendida permitió comprobar que el acusado tuvo participación en los delitos en calidad de autor. “Que los hechos antes descritos y la participación del acusado en ellos, se probó en juicio, más allá de toda duda razonable, fundamentalmente, con la declaración de la víctima, de los testigos de cargo, y de la perito psicóloga, lo cual se aúna a la prueba documental incorporada que permitió comprobar la edad de la víctima al momento de los acontecimientos y a las fotografías exhibidas en juicio, que ilustraron respecto de los sitios del suceso”.
“Luego de rendir toda la prueba de cargo el Tribunal en este caso acogió la pretensión punitiva del Ministerio Público y condenó al acusado por los delitos reiterados de abuso sexual calificado y violación imponiendo una pena de 11 años de privación de libertad que el acusado deberá cumplir de manera efectiva en la cárcel”, señaló la Fiscal Javiera Torres tras conocer la sentencia.
El Tribunal Oral en Lo Penal de San Antonio decretó además la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente en los casos que la ley designa, y de sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los diez años siguientes al cumplimiento de la pena principal. Como también inhabilitación absoluta temporal, para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, por el término de once años.