Corte de Talca confirma condena contra suboficial del Ejército por detención ilegal en Escuela de Artillería de Linares
- Miércoles 19 de agosto de 2020
- 13:00 hrs
En fallo unánime se ratificó la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Hernán González García.
La Corte de Apelaciones de Talca confirmó la sentencia que condenó al suboficial en retiro del Ejército Antonio Aguilar Barrientos a 541 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, en calidad de autor del delito de detención ilegal de Waldo César Alfaro Retamal, perpetrado el 11 de julio de 1974, en la Escuela de Artillería de Linares.
En fallo unánime se ratificó la sentencia impugnada, dictada por el ministro en visita extraordinaria Hernán González García.
"Que la calificación jurídica de los hechos que se efectuó en el fallo en alzada, se ajusta al tipo penal por la que se castiga al hechor, en atención a que éste investía la calidad de funcionario público y cuya actuación contenía un feble tinte de legalidad, en cuanto el estado de alteración constitucional y la asunción de facto de nuevas autoridades, principalmente del orden militar, otorgan un sesgo de validez a las órdenes impartidas por ellas, y que el condenado dice haber ejecutado, llevando a cabo la privación de libertad de la víctima, en dos oportunidades, para ser puesto a disposición de las nuevas autoridades. El secuestro calificado, que igualmente puede ser llevado a cabo por un funcionario público, carece de aquel tono de legalidad, por lo que el tipo penal porque se castiga a Aguilar Barrientos, aparece subsumible en esa conducta típica, antijurídica y culpable que el señor sentenciador tuvo por acreditado, atendida aquella supuestas legalidad en su actuar en los hechos", consigna el fallo.
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización total de $ 150.000.000 (ciento cincuenta millones de pesos) a la cónyuge e hijos de la víctima.
"Que la acción civil deducida por los querellantes particulares, Isolina Martínez Benavides y sus cuatro hijos, guarda estricta relación con la reparación íntegra de los daños causados por el hecho penal y de su lamentable resultado final, ya que con ocasión de la detención ilegal y arbitraria en un recinto del Ejército de Chile, resultó fallecida la víctima de ese hecho penal, lo que legitima la presente acción, en cuanto con ella, se busca la reparación del daño moral, sin que las otras leyes que el Consejo de Defensa del Estado estima como reparación suficientes, digan relación con este daño, ya que se trata de reparaciones en el orden previsional, de escolaridad y de salud, que son de naturaleza distinta a la demandada civilmente en esta causa", razona el fallo sobre este aspecto.
"Tal como lo señaló el señor Ministro Instructor, se trata de reparaciones que además de ser insuficientes ante el resultado final del hecho delictual, guardan relación con satisfacciones de diversa índole", añade.
Decisión adoptada con la prevención del ministro Carrillo González, quien estuvo por elevar el monto de la indemnización por daño moral a la suma $60.000.000 (sesenta millones de pesos) a hijo póstumo de Alfaro Retamal.