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Presidio perpetuo para padres por parricidio de su hija de tres meses

  • Viernes 30 de julio de 2021
  • 16:50 hrs

La pequeña sufrió diversos maltratos en vida por sus padres, hasta que una de las brutales agresiones le cobro la vida.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Copiapó condenó a Almendra Naomí Urrutia Ferrera y Aris Alexander Escobar Venegas a presidio perpetuo simple, en calidad de autores de los delitos consumados de parricidio y lesiones graves y menos graves contra la hija de ambos nacida el 06 de diciembre de 2018.

Tras las investigaciones del caso, se estableció, que la pequeña sufrió diversas lesiones y maltratos en vida por sus padres, hasta que una de las brutales agresiones le cobro la vida.

“Durante los meses de vida de la lactante, su padre Aris Alexander Escobar Venegas y su madre Almendra Naomí Urrutia Ferrera golpearon, hirieron y maltrataron a su hija de manera reiterada en el tiempo y, además, consintieron que el otro, él y ella, la agredieran, ocasionándole diversas fracturas, clínicamente graves, que le provocaron enfermedad por más de 30 días; además de otras que le ocasionaron hematomas y erosiones. Algunas de estas lesiones de distinta naturaleza y data que presentaba el cuerpo de la niña fueron detectadas en algunas atenciones médicas de urgencia y controles a los que asistió junto a sus padres, o con alguno de ellos, sin que ellos dieran cuenta al personal médico de caídas u otras situaciones accidentales que explicaran lógicamente el cuadro médico”,indica el fallo.

El día 26 de marzo de 2019, entre horas de la mañana y cercanas al mediodía, la niña fue agredida nuevamente por sus padres; “causándole traumatismos cráneo encefálicos y lumbares, que le ocasionaron fractura craneal y muerte cerebral y, luego, su completa muerte el día 28 de marzo de 2019, en el Hospital Regional de Copiapó”.

Considerando el cuadro clínico que presentaba la niña, los médicos sospecharon maltrato infantil grave, realizándose de inmediato la denuncia a la Fiscalía Local de Copiapó. 

El cuerpo de la niña fue derivado al Servicio Médico Legal “donde se practicó una autopsia que reveló otras graves lesiones que fueron causadas a lo largo de la vida de la menor por sus padres imputados y consentidas en que el otro las causara”, establece el fallo.

El tribunal concluye que: “dada la cantidad de lesiones de distinta naturaleza, esto es fracturas, hematomas y erosiones de diferente data o fecha de ocurrencia; las que se ocasionaron en distintos domicilios donde siempre estuvieron sus padres al cuidado de la niña; todas las cuales provocaron necesariamente dolor y llanto en Sofía e incluso intervención médica, las que en casi la totalidad de los casos no ocurrió u ocurrió con excusas en otras situaciones; ambos padres imputados Aris Alexander Escobar Venegas y Almendra Naomí Urrutia Ferrera provocaron tales diferentes lesiones; agrediendo y consintiendo en que el otro agrediera; sin ejercer su rol parental de garante y protector; incluida aquellas que le ocasionaron la muerte el 26 de marzo de 2019”.

En fallo unánime, se impuso, además, a Urrutia Ferrera y Escobar Venegas las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, la inhabilitación absoluta perpetua para profesiones titulares y la asistencia a programas terapéuticos; más el pago de la costas del proceso.